Me ha llegado la contestación que da el Servicio Andaluz de Salud al Defensor del Menor de Andalucía en respuesta a una denuncia formulada por varias Asociaciones de Usuarios en relación a las deficiencias en la toma en cargo de los menores con TDAH en los Servicios de Salud Mental.
En el escrito se hace mención al ya obsoleto Plan Integral de Salud Mental de Andalucía (2003 – 2007) con el que hemos sido bastante críticos debido al vacío y discriminación que presenta respecto a la atención sanitaria a la población infanto-juvenil con problemas de salud mental, si lo comparamos con el despliegue de medios y estructuras para atender a la población adulta.
Que yo sepa, el mencionado Plan no es, o debería ser, un documento rígido, sino un marco estratégico de referencia a partir del que se debería avanzar en la mejora continua de la prestación de servicios sanitarios. Pero la rigidez, especialmente en Salud Mental Infanto-Juvenil, es lo dominante. Una rigidez tan obtusa que despierta en mí un cierto recelo respecto a cuales podrían ser las razones que la sostienen. Solo encuentro dos posibles razones. La primera, sería que, ante la falta de instituciones, al menos hasta ahora, que defiendan enérgicamente los derechos de la infancia y adolescencia a recibir una atención no discriminativa y eficiente, los técno-políticos no encuentran rentabilidad electoral en su desarrollo, al menos, al ritmo que las estructuras para los adultos, debido a que la patología psiquiátrica de éstos presenta una mayor repercusión social. La segunda, y que considero la más determinante, sería la ignorancia y falta de interés de la inmensa mayoría de los Coordinadores de Área de Salud Mental en cada provincia. Si a esto último le añadimos que los Coordinadores de las Unidades de Salud Mental Infanto-Juvenil, con alguna excepción, no son precisamente los más vocacionales ni clínicamente mejor preparados, sino los más fieles al sistema (u organización, como ahora se dice), comprenderán que seamos víctimas de una trama de intereses que explicaría la rémora que denunciamos. Igualmente, en el escrito de respuesta mencionado, se dice textualmente “…que las personas con enfermedad mental, independientemente de su edad y patología, sean atendidas en los mismos dispositivos y servicios sanitarios en los que se atiende al conjunto de la población; de igual manera que en los Centros de Salud se atienden a adultos como niños, compartiendo el mismo espacio físico y sin ninguna discriminación”. ¡¡Cómo puede decir esto, el representante de un gobierno socialista, en definitiva, progresista!!. Todos sabemos que la población infantil y juvenil reúne unas características de desarrollo cognitivo y emocional que la hacen especialmente vulnerable a contextos tan singulares como pueda ser la sala de espera de una consulta de psiquiatría de adultos. Todos sabemos, igualmente, que esta afirmación va en contra de lo recomendado por organismos internacionales defensores de los derechos de la infancia y la propia Organización Mundial de la Salud. Somos de la opinión que, IGUAL QUE SUCEDE CON COLECTIVOS ESPECÍFICOS, COMO LA POLÍTICA RELACIONADA CON LA MUJER Y LOS ANCIANOS, LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES NECESITAN DE UNA DISCRIMINACIÓN POSITIVA, POR TRATARSE DE UNA POBLACIÓN ESPECILAMENTE VULNERABLE. En otro apartado dice: “… los profesionales especializados (se refiere a los ESMD)….atienden los problemas de salud mental de la población de todas la edades y coordinan las actuaciones del resto de los dispositivos específicos. Con este fin cada ESMD dispone de una figura profesional referente de la infancia y adolescencia….”. Respecto a esta afirmación deseo hacer dos puntualizaciones: la primera, sería rogarle al que redacta el escrito que me diga donde existe realmente ese profesional referente. Es más, y tal vez se deba a ignorancia, con la introducción del DIRAYA en los ESMD todos los facultativos por igual y de forma proporcional deberán atender a niños y adolescentes, indistintamente de su formación específica o de su interés por el tema (es conocido “el pánico” que le supone a algunos compañeros el tener que atender a niños con problemas de salud mental). Por tanto, no vendría mal un poco de seriedad responsable. La segunda puntualización, es puramente programática: ¿Como puede coordinar las actuaciones de la Unidad de Salud Mental Infanto-Juvenil un profesional cuyo cometido asistencial es tratar prioritariamente adultos?. Pero, tal vez, en donde la falta a la verdad es más patente es cuando afirma, respecto a la formación y especialidad en psiquiatría infantil: “…No obstante, la formación de estos profesionales (Psiquiatría, Psicología Clínica y Enfermería de salud mental) se adquiere durante la Residencia (MIR, PIR, EIR) con rotaciones establecidas por dispositivos específicos de Salud Mental Infanto-Juvenil, Unidad de Docencia, etc., así como asistencia a Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas que completan su formación. Basándose es esta formación el Servicio Andaluz de Salud contrata a los profesionales con la garantía de su gran preparación”. Algunas puntualizaciones: · De los cuatro meses que rotan los MIR hay que quitar los días de docencia (no necesariamente de infantil) lo que reduce significativamente su participación en las actividades clínicas específica y en la supervisión de casos. · Con más frecuencia de lo deseable, y que repercute muy negativamente en su formación, teniendo en cuenta que son residentes de último año, cuando faltan facultativos especialistas en otros dispositivos, estos MIR de “psiquiatría infantil” ocupan las vacantes de forma legal, aunque en contra de lo recomendable y, en algunos casos, con "amenazas" interrumpiendo su formación específica. · Un pediatra no es considerado especialista, por ejemplo, en neuropediatría porque haya rotado durante su residencia por la unidad correspondiente, debiendo completar su formación para ser “considerado” como tal. Lo mismos debería suceder con los psiquiatras y psicólogos clínicos, ya que hablamos de una formación básica. · ¿Podrían decirme la cantidad de inscritos en congresos de psiquiatría infantil de estos profesionales, cuantas mesas o ponencias hay sobre salud mental infantil en las jornadas, cuantos cursos específicos se imparten y cual la presencia numérica de estos profesionales de los ESMD?. · Y por último, no es correcto que se considere la formación específica para trabajar en las Unidades de Salud Mental Infanto-Juvenil. Las contrataciones se hacen por bolsa habitualmente. Por cierto, en donde la formación específica cuenta bastante poco. De esta circunstancia la culpa no es solo de la Administración, sino también de los sindicatos, que se han manifestado en contra hasta ahora a que se convoquen plazas con perfil específico. Por tanto, no parece totalmente correcto afirmar “el Servicio Andaluz de Salud contrata a los profesionales con la garantía de su gran preparación”. En definitiva, faltan profesionales preparados y con vocación, no se realiza una prestación de servicios ni equitativa, ni eficaz ni eficiente” por falta de medios e infraestructuras y, tal como están configurada la asistencia en Salud Mental Infanto-Juvenil en Andalucía “da lugar a una estigmatización temprana” en lo que se refiere a la población Infanto-juvenil. Y esto continuará así hasta que los niños y adolescentes andaluces no accedan directamente desde Atención Primaria a los dispositivos especializados de Salud Mental Infanto-Juvenil, a saber, las Unidades de Salud Mental Infanto-Juvenil, tal como sucede con los adultos.







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